Marco Histórico

La Vicepresidencia de la República fue creada por el nuevo sistema de Gobierno en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1.999, bajo el mandato del actual Presidente Hugo Rafael Chávez Frías.

Según Artículo 238 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

“El Vicepresidente Ejecutivo ó Vicepresidenta Ejecutiva es un órgano directo y colaborador inmediato del Presidente ó Presidenta de la República en su condición de Jefe ó Jefa del Ejecutivo Nacional”

En el cargo se han desempeñado como Vicepresidentes o Vicepresidentas los siguientes:

Según Artículo 239 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela son atribuciones del Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutiva:

  • Colaborar con el Presidente o Presidenta de la República en la dirección de la acción del Gobierno.
  • Coordinar la Administración Pública Nacional de conformidad con las instrucciones del Presidente o Presidenta de la República.
  • Proponer al Presidente o Presidenta de la República el nombramiento y la remoción de los Ministros y Ministras.
  • Presidir, previa autorización del Presidente o Presidenta de la República, el consejo de Ministros.
  • Presidir el consejo Federal de Gobierno.
  • Nombrar y remover, de conformidad con la ley, los funcionarios o funcionarias nacionales cuya designación no éste atribuida a otra autoridad.
  • Suplir las faltas temporales del Presidente o de la Presidenta de la República.
  • Las demás que la señalen esta Constitución y la ley.
  • Coordinar las relaciones del Ejecutivo Nacional con la Asamblea.